miércoles, 13 de febrero de 2013
LAYOUT DE SUELDO Y SALARIOS 2012
ARCHIVO LAYOUT PARA SUELDOS Y SALARIOS, DISCULPEN LA TARDANZA.
https://docs.google.com/file/d/0B7kdmgciUITJcFZ3QnRpN1VONDg/edit?usp=sharing
https://docs.google.com/file/d/0B7kdmgciUITJZHdZemVHQ1k5cVU/edit?usp=sharing
miércoles, 2 de enero de 2013
FACTURAS DIGITALES 2013
Los comprobantes de imprenta autorizada que surgieron en la reforma para el año de 1992 al Código Fiscal de la Federación, señalándose la utilización de Establecimientos Autorizados, los cuales se conocieron como Imprentas Autorizadas, éstos han llegado a su FIN, el pasado 31 DE DICIEMBRE DE 2012, ello derivado de la modificación del 7 de diciembre de 2009 al Código Fiscal de la Federación en donde se establece el surgimiento de comprobante a través de internet y su obligatoriedad a partir del 2011 y por ende la subsistencia de los comprobantes tradicionales solo por su vigencia de 2 años.
Así tenemos los siguientes comprobantes fiscales en 2013;
COMPROBANTE FISCAL DIGITAL POR INTERNET, (CFDI) apoyado por medio de un Proveedor Autorizado de Certificación (PACS)
COMPROBANTE FISCAL DIGITAL, (CFD) realizado por medios propios y sin requerir de un certificador, este se encuentra probablemente en su último año de su existencia.
CODIGO DE BARRAS BIDIMENSIONAL, (CBB) comprobante que prácticamente viene a ser el esquema de transición entre el comprobante de imprenta autorizada y la FACTURACION ELECTRONICA, este modelo surge para contribuyentes acorde a Código Fiscal y Resolución Miscelánea 2012 que no rebasen ingresos acumulables de 4 millones de pesos, sin embargo, existe la cuestionante de que el sistema del SAT esta autorizando tramitar dichos dispositivos de seguridad (CBB) a contribuyentes que han rebasado dichos ingresos y no existe una sanción por incurrir en dicha causal, y más reitero cuando la misma autoridad aprueba el tramite.
COMPROBANTES SIMPLIFICADOS,(NOTAS DE VENTA) comprobante utilizado para ventas al público en general, el cual es muy utilizado en contribuyentes de los denominados Pequeños Contribuyentes, y claro por contribuyentes que no desean entregar CFD,CFDI,CBB al momento de la operación por el tipo de operaciones que realizan.
EL ESTADO DE CUENTA DE SISTEMA FINACIERO, la posibilidad de utilizar el Estado de cuenta como COMPROBANTE FISCAL, cumpliendo los requisitos de que se consignen los impuestos que se trasladan desglosados por tasa aplicable, contenga la clave de inscripción en el registro federal de contribuyentes tanto de quien enajene los bienes, otorgue su uso o goce o preste el servicio, como de quien los adquiera, disfrute su uso o goce o reciba el servicio, y estos últimos registren en su contabilidad las operaciones amparadas en el estado de cuenta.
COMPROBANTES BAJO FACILIDADES ADMINISTRATIVAS, estas son autorizadas vía reglas misceláneas como el caso de los tickets electrónicos de boletos de avión.
miércoles, 3 de octubre de 2012
PERSONAS FÍSICAS OBLIGADAS A USAR EL PORTAL SAT.
Para una mejor comprensión y estudio de la información que contiene esta sección, se presenta en tres apartados que son: personas físicas, personas morales e información general.
Personas físicas
A partir de noviembre, las personas físicas que en el último ejercicio fiscal declarado manifestaron ingresos totales superiores a 250,000 pesos deben utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos para presentar los pagos provisionales y definitivos correspondientes a octubre de 2012 y subsecuentes.
Se le invita a verificar con su Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC) su acceso al servicio en Mi portal: Pago referenciado.
Si aún no cuenta con su CIEC obténgala lo más pronto posible.
Las personas físicas que no se encuentren obligadas pueden optar por presentar sus declaraciones de octubre y subsecuentes con este servicio; sin embargo, una vez que elijan esta la opción para declarar no pueden cambiar a otra durante el mismo ejercicio fiscal.
lunes, 1 de octubre de 2012
sua 3.3.6
AVISOS IMPORTANTES
Estimado Patrón: Las recientes reformas a la Ley del INFONAVIT incluyen nuevas opciones de crédito que comenzarán a aplicar a partir del 5° bimestre del 2012.
Por lo anterior, deberá utilizar la Versión SUA 3.3.6, disponible en:
Para cualquier aclaración o duda referente al nuevo producto de crédito de INFONAVIT de clic aquí, o ingrese al Portalhttp://www.infonavit.org.mx, sección Empresarios, Atención y Comunicación Empresarial, Servicios en línea.
Para un correcto funcionamiento de este sitio debe tener instalado el Java 1.4 o posterior, Adobe Reader, e Internet Explorer.
- Configuración automática de Internet Explorer.
- Manual de la Configuración automática de Internet Explorer.
Además,
Nota: No es necesario desinstalar versiones anteriores.
martes, 4 de septiembre de 2012
ME EQUIVOQUE EN LA LINEA DE CAPTURA DEL BANCO?
Últimamente me han preguntado sobre el nuevo esquema de PAGO REFERENCIADO, que pasa si la línea de captura la pongo mal a la hora de pagar el impuesto en el portal bancario, entiendo que esta pregunta en la mayoría de las ocasiones me la han hecho colegas que aún no han incursionado en el DYP, sobre todo ahora que se sube un grueso fuerte de contribuyentes.
Algunos se atreven a decir que el SAT considerará que no haz pagado los impuestos y te requerirán el pago y deberás solicitar la devolución del pago de lo indebido, y la respuesta creo que con la imagen siguiente quedará clarificada;
Es decir, los portales bancarios validan una serie de datos de las líneas de captura (20 caracteres) , como monto, fecha de vencimiento por lo que si teclea uno mal la línea de captura o bien el monto, no nos permitirá pagar, y nos alertará de que algo anda mal y revisaremos dicho supuesto.
Observa los datos y que corresponde cada digito de la línea de captura;
lunes, 3 de septiembre de 2012
Dictamen fiscal 2012 ¿VALIDEZ?
SAT / Dictámenes Fiscales 2011. Validez de los presentados hasta las 23:59
horas del día 5 de julio de 2012
La Comisión Representativa del IMCP ante las Administraciones Generales de
Fiscalización del Servicio de Administración Tributaria (SAT) les informa que se
encuentran publicadas en el portal del SAT: www.sat.gob.mx, una relación de
“Preguntas Frecuentes Normativas para el Dictamen Fiscal 2011”, entre las que
destaca:
1. ¿Cuál es el plazo para la presentación del dictamen de Estados Financieros del
ejercicio fiscal 2011?
El dictamen fiscal correspondiente al ejercicio fiscal 2011, se presenta a más tardar el
30 de junio de 2012; sin embargo, lo puede presentar en forma previa a la fecha
indicada en el siguiente calendario:
Calendario para el envío del dictamen de acuerdo a la primera letra del RFC.
Letras A a la F del 15 al 20 de junio de 2012. Letras G a la O del 21 al 25 de junio de
2012. Letras P a la Z y el & del 26 al 30 de junio de 2012.
No obstante lo anterior, se ha considerado conveniente tener por presentados los
dictámenes del ejercicio 2011 de los contribuyentes obligados a dictaminarse y de los
que optaron por hacerlo, siempre y cuando hayan sido enviados hasta las 23:59 horas
del día 5 de julio de 2012.
Fundamento legal: Artículo 32 A del CFF y Resolución Miscelánea Fiscal para 2011
La incorporación anterior de pregunta fue solicitada en días pasados por los
representantes del IMCP ante la Administración General de Auditoría Fiscal Federal,
para brindar mayor seguridad jurídica a los contribuyentes y contadores públicos
registrados. Para ver el contenido completo dé clic en la siguiente liga:
ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servicio_ftp/programas
viernes, 24 de agosto de 2012
INSCRIPCIÓN AL RFC DE TRABAJADORES
Ante el surgimiento de un programa emitido por el SAT para INSCRIPCION MASIVA AL RFC que puedes observar en la siguiente liga;http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/descargas/31_23371.html ,cabe rematar que el programita no es muy práctico para generar el txt que necesitaremos para hacer el tramite, y nos recuerda que igualmente este archivo lo podemos generar más rápidamente usando excel, pero como patrón estamos obligados a realizar este trámite de los trabajadores que contratemos??
SI YA TIENE TU TRABAJADOR RFC SE SUPONE QUE YA ESTA DADO DE ALTA ANTE EL SAT...
SI YA TIENE TU TRABAJADOR RFC SE SUPONE QUE YA ESTA DADO DE ALTA ANTE EL SAT...
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