martes, 27 de marzo de 2012

Donde plasmar lo de la compensacion de pps de ietu contra ISR del ejercicio en la anual


Encontre esta información muy valiosa para la declaración anual el cual comparto con ustedes. cualquier duda estamos a sus ordenes.

Donde plasmar lo de la compensación de pps de IETU contra ISR del ejercicio en la anual?

computers     Estamos en temporada de declaraciones anuales y empiezan a surgir las dudas, y una es precisamente con el IETU derivado de una regla miscelánea que surgió en la RM 2011 del 1 de julio de 2011, y que es la siguiente ya en la RM 2012;
  I.4.3.1. Para los efectos del artículo 8 de la Ley del IETU, los contribuyentes antes de efectuar el acreditamiento a que se refiere el tercer párrafo del artículo citado,podrán compensar los pagos provisionales del IETU efectivamente pagados correspondientes al ejercicio fiscal de que se trate, contra el ISR propio que efectivamente se vaya a pagar correspondiente al mismo ejercicio, hasta por el monto de este último impuesto. En este caso, la compensación efectuada se considerará ISR propio efectivamente pagado.
Los contribuyentes que apliquen la opción a que se refiere el párrafo anterior, no podrán acreditar en los términos del artículo 8, tercer párrafo de la Ley del IETU, los pagos provisionales de dicho impuesto que hubieran compensado en los términos de esta regla ni solicitar su devolución. Asimismo, quedarán relevados de presentar el aviso de compensación que se señala en la regla II.2.2.6.
 La duda va encaminada a donde plasmar esta compensación y sin duda puede darse a varias interpretaciones, pero precisamente como podrán observar subraye  en el primer párrafo “LA COMPENSACION EFECTUADA SE CONSIDERARA ISR PROPIO EFECTIVAMENTE PAGADO”, por ende en mi opinión plasmaría  de estar en este supuesto, el IETU de pagos provisionales que desee aplicar contra el ISR del ejercicio en el rubro;
PAGOS PROVISIONALES EFECTUADOS ENTERADOS A LA FEDERACION”
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En el entendido que esos pagos provisionales de IETU aplicados contra ISR, ya  no se plasmaran en el rubro de pagos provisionales en la hoja del IETU, por que en efecto ya se considero como ISR propio efectivamente pagado, y claro  recordando que no  se realizará aviso de compensación acorde a la regla.
Atento a los comentarios y opiniones.

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